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Incentivos Colaboradores

Con la nueva Ley de mediación se traen nuevas modificaciones y debates que se suscitan en el sector asegurador, esto es la relativa prohibición por parte de las compañías a incentivar a sus mediadores en base a la producción de la empresa que esto es conocido en el sector como rappeles.

La persona que trabaja como corredor de seguros no puede percibir por parte de las entidades que corresponden a aseguradoras cualquier tipo de retribución distinta a las comisiones que se detallan en el artículo 29.2

En este artículo se detalla justificadamente el dar a conocer públicamente no se permite en las aseguradoras, ya que el mediador puede no actuar con la debida profesionalidad si se trata de aconsejar al momento de la contratación de cierto producto en base a las expectativas que deberá cumplir económicamente ya predeterminadas.

Pero desde una vista inversa también es válido el pensar que un mediador profesional puede hacer un análisis profundo en base a los productos que mejor le favorecerían a sus clientes y con ello intente obtener un máximo beneficio de su actividad.

A pesar de la intención del legislador de retirar los mencionados rappeles, no parecen estar en la misma disposición las compañías aseguradoras. No les parece justo dejar de incentivar a sus mediadores que les facilitan el incremento  de sus negocios y por el contrario aumentan los incentivos con sus cuadros de comisión.

 

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